Económica

Ley de Alimentación Saludable: empresas deberán colocar etiquetas a partir de la próxima semana

Compartir en:
Share on facebook
Share on twitter
Share on linkedin

Un año después de la aprobación del Manual de Advertencias Publicitarias, las marcas que elaboran y distribuyen ciertos productos procesados son exigidas a exhibir en ellos el etiquetado octogonal que notifique a los usuarios lo que consumen. Así, finalmente se concreta una de las iniciativas contempladas dentro de la Ley de Alimentación Saludable dada hace más de 5 años.

A partir del lunes 17 de junio, los alimentos y bebidas procesadas deberán, obligatoriamente, llevar los octógonos nutricionales de acuerdo a las indicaciones del Manual de Advertencias Publicitarias. Las marcas (fabricantes, distribuidores y vendedores) que falten a esta norma podrían ser multadas por violar el derecho del consumidor al omitir información y por competencia desleal en el mercado. Los montos derivados de las sanciones ascenderían a 450 y 700 UIT respectivamente, lo cual equivale a un total aproximado de 4 millones 800 mil soles. Es por eso que, incluso, se han reportado casos en los que el procedimiento del etiquetado se está realizando de forma manual, en diversas tiendas a nivel nacional, dada la cercanía de la fecha límite para hacerlo; es decir, se colocan las etiquetas en forma de «sticker», ya que no vienen así desde la fábrica.

¿En qué consiste el etiquetado de los octógonos nutricionales? Es una medida que responde, en el marco de llevar una alimentación saludable, a la necesidad de brindar un aviso claro y directo al consumidor de lo que puede estar comprando. Por ende, son 4 los octógonos que figurarán en los productos y en sus respectivos anuncios publicitarios, dependiendo de los niveles nutricionales que contengan. Así, informarán si un bien de consumo es alto en sodio, azúcar, grasas o si contiene grasas trans.

Por otro lado, se debe tener en cuenta que no todos los productos están obligados a llevar estos avisos nutricionales, como es el caso de ingredientes culinarios sin procesar (harinas, sal, aceites). Los demás productos solo presentarán las advertencias si, por cada 100 gramos, contienen más de 800 mg de sodio, 22.5 gr de azúcar total o 6 gr de grasas saturadas. Estos últimos condicionamientos serán modificados luego de 39 meses de entrada en vigencia del Manual de Advertencias Publicitarias. Asimismo, si la cara frontal del producto es mayor a los 50 cm2, también estará obligado a poner los octógonos de acuerdo a las indicaciones previas.

De todas maneras, se prevé que con los octógonos se reduzca la adquisición de los bienes que están dentro de las categorías mencionadas anteriormente, debido a que su consumo excesivo puede conllevar a enfermedades del hígado, diabetes, fallas cardiacas y renales, así como posibles casos de infarto. Según Saby Mauricio, ex decana del Colegio de Nutricionistas del Perú, se trata facilitar información al consumidor para que conozca acerca de lo que consume, puesto que, a veces, resulta difícil y tedioso ver en detalle los valores nutricionales específicos del producto.

Con ello, se busca producir un efecto en la demanda de tal modo que las ofertas dadas por las empresas se ajusten a los cambios de preferencias originadas por los avisos. Es decir, la medida no consiste en cortar enteramente canales de oferta determinados, sino que estos cambien a favor del público consumidor, respetando el derecho a llevar una vida saludable. Además, esta normativa está inscrita en un plan elaborado para mejorar la buena alimentación de los ciudadanos (sobre todo de los niños y jóvenes) que contempla iniciativas en relación a la educación alimentaria, la promoción de la actividad física, la regulación de la publicidad y la inspección de lo que se vende en los quioscos escolares.

Fuentes:

La República (1) (2)

La Industria (3)

Manual de Advertencias Publicitarias (4)

Artículos recientes

Suscríbete a nuestro boletín

No te pierdas nuestras últimas publicaciones.

Artículos relacionados