El día de hoy, el Poder Ejecutivo emitió un Decreto de Urgencia con la finalidad de complementar las medidas de recuperación económica ya aplicadas como la creación del Programa de Apoyo a las MYPE y la extensión de plazos y períodos de gracia de los créditos emitidos por el Programa REACTIVA Perú y el Fondo de Apoyo Empresarial a la MYPE. Al respecto de esto, este Decreto de Urgencia creó el Programa de Fortalecimiento Patrimonial de las instituciones especializadas en microfinanzas.
Tal como se señala en el Decreto de Urgencia, se busca involucrar al Gobierno Nacional para “financiar la capitalización temporal y/o compra de deuda subordinada de las instituciones especializadas en microfinanzas, así como habilitar la participación del Fondo de Seguro de Depósitos para facilitar la reorganización societaria de dichas empresas que así lo requieran”.
La aplicación de este Decreto de Urgencia se dará mediante subprogramas
Adicionalmente, este Programa cuenta con tres subprogramas para cumplir sus objetivos de creación. El primer subprograma se orienta a la facilitación del fortalecimiento de las cajas municipales mediante la participación del Estado en el Capital social en forma de acciones preferentes.
El segundo subprograma versa sobre el fortalecimiento de las instituciones privadas especializadas en microfinanzas a la que anda enfocada este Decreto de Urgencia a fin de facilitar su fortalecimiento patrimonial mediante la compra temporal de parte del estado de instrumentos representativos de deuda subordinada.
Finalmente, el tercer subprograma busca facilitar la reorganización societaria de instituciones especializadas en microfinanzas a las que se refiere el presente Decreto Urgencia mediante el aporte de recursos y/u otorgamiento de garantías para facilitar los procesos de reorganización societaria de las empresas participantes de los subprogramas anteriormente mencionados. Es por ello que la activación de este subprograma depende del incumplimiento de las condiciones aceptadas por las instituciones partícipes de los subprogramas anteriormente mencionados.
Aspectos adicionales del Decreto de Urgencia
Finalmente, este Decreto de Urgencia, a su vez, plantea realizar una operación de endeudamiento mediante la emisión interna de bonos hasta S/. 1 679 000 000.00 y que, según se señala, no está comprendida en los montos máximos de la Ley de Endeudamiento del Sector Público para el presente año fiscal.
A su vez, este Decreto de urgencia culmina con la asignación de poder a la Corporación Financiera de Desarrollo para administrar participación de las instituciones que serán parte del Programa de Fortalecimiento Patrimonial, lo cual comprende la gestión del acuerdo, la suscripción de documentos necesarios de acuerdo a los requisitos solicitados, además de la solicitud de in informe previo a la SBS sobre la institución financiera en cuestión.
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Fuentes:
El Peruano (1)