Económica

Algunas posiciones sobre la “Ley pulpín” o del “cholo barato”

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La «Ley pulpín» ha desatado debates acalorados tanto a favor como en contra. Por ello, es necesario repasar algunas de las ideas dentro de cada posición.

La Ley 30288[1] llamada tambíen “Ley pulpín”, “Ley del cholo barato” o “Régimen Laboral Especial” ha sido aprobada el 16 diciembre. Plantea mejorar la empleabilidad de jóvenes en el rango de 18 a 24 años. El periodo de contratación es de mínimo un año y puede extenderse hasta tres años. Para ello se elimina la CTS, la gratificación, las utilidades, y se tienen vacaciones por 15 días. La duración de la ley es por 5 años. Asimismo, existen “candados” para que los empresarios no puedan despedir arbitrariamente a los mayores de 25 y contratar jóvenes bajo este nuevo régimen. Veamos algunos argumentos técnicos a favor y en contra.

Argumentos técnicos. Ricardo Cuenca, investigador del Instituto de Estudios Peruanos (IEP), señala que el diagnostico está claro. “Hay 800 mil jóvenes que no tienen beneficios laborales de ningún tipo”. Alrededor de 80% del empleo es informal y el 40% de nuestra PEA tiene educación secundaria.

Cuenca hace un análisis sobre los supuestos que subyacen a la ley. “Si el problema de la informalidad es causado por la falta de normas o por su poca pertinencia, entonces hago ahorrar un poco a las  empresas formales y se formalizara el trabajo de los jóvenes”, señala el investigador. También, sostiene que el problema de la informalidad es que existe una economía informal que funciona […], funciona bien para los intereses particulares.

Por otro lado, 3 años es un horizonte temporal clásico en las evaluaciones de impacto. “Solo estudiando lo que pasará con la implementación de la norma lograremos saber algo acerca de su efectividad.” Cuenca señala que esta ley es una solución regularona a un problema mayor.

Argumentos en contra de la ley. Felix Jimenez, profesor de la PUCP, afirma que “el Artículo 26 señala que la igualdad de oportunidades sin discriminación es uno de los principios que debe respetarse en las relaciones laborales”. También señala que el Artículo 29 de la Constitución establece que los trabajadores tienen derecho a participar de las utilidades de la empresa. Con lo cual se llega a la conclusión que la ley pulpín es inconstitucional.

Otro argumento que utiliza es el de la informalidad. El 57.3% de los jóvenes entre 18 y 24 años trabaja sin contrato laboral. “es una ley seudo-formalización”, señala Jimenez. En ese sentido, lleva a la interrogante ¿son los costos laborales los culpables de la existencia de 11,5 millones de trabajadores informales? “La informalidad es resultado del estilo de crecimiento […] que no expande la capacidad productiva industrial, agroindustrial y agrícola”, finaliza Jimenez.

Por otro parte, Pedro Francke, profesor de la PUCP, tambien se refirió a la “Ley pulpín” en una entrevista de Canal N. Señaló que hay que promover la capacitación de los jóvenes y la educación pública. Pero la Ley 30288 no va en ese camino. Francke señala que si la idea es reactivar la economía se debe buscar otros caminos como la reducción de las tasas de interés para las microempresas y reducir los costos logísticos.

Argumentos a favor de la ley. Enzo Defilippi, jefe de asesores del gabinete del MEF, señaló que “los jóvenes favorecidos serán sujetos de crédito, tendrán cobertura en Essalud, indemnización por despido arbitrario y una remuneración pensionable, además de seguro de vida.” En ese sentido, el nuevo régimen laboral beneficiará a los jóvenes de los sectores C y D quienes en su mayoría se encuentran desempleados.

Tambien, Defilippi sostuvo que “el nuevo régimen laboral es instrumento efectivo para promover la formalización del mercado laboral.” Se reducirá los costos laborales no salariales de 50% a 15% y tendrá un rápido impacto en la PEA entre 18 y 24 años, señalo el Jefe de asesores del MEF.

En la misma línea, Alonso Segura, Ministro de Economía, señaló que “este régimen no promueve mano de obra barata”.  Por el contrario, afirmo que genera oportunidades para que los jóvenes puedan acceder al empleo formal en mejores condiciones.

Respecto a las críticas, Segura afirmó que la ley “cumple con los derechos fundamentales protegidos por la Organización Internacional del Trabajo (OIT)” Asimismo, este régimen laboral tiene candados que impiden que la inserción de jóvenes desempleados afecte la estabilidad de trabajadores en planilla.

Fuentes:

SEMANAEconómica, La Republica, Gestión, El Comercio, El Peruano

 


[1] http://economica.pe/index.php?option=com_content&view=article&id=378:impacto-economico-de-la-ley-del-trabajador-pulpin&catid=9&Itemid=101#

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