Económica

Gas natural, luz eléctrica y telecomunicaciones: se fraccionará pago de recibos durante emergencia

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A través de un decreto supremo, el Gobierno confirmó que se garantizará la continuidad también de los servicios de telecomunicaciones. Por otro lado, el pago de los servicios de luz y gas serán facturados por el periodo de emergencia hasta en 24 meses y para el caso de las telecomunicaciones hasta en 12 meses. No obstante, para quienes se acojan al beneficio contarán solo con un paquete básico en el caso de las telecomunicaciones.

Durante el período de emergencia por el COVID-19, que se extendió hasta el 12 de abril, el pago de los recibos del gas natural, luz eléctrica y telecomunicaciones serán fraccionados. Esta nueva disposición del Gobierno fue aprobada mediante un decreto supremo, publicado el último viernes. Asimismo, el pago por el servicio de agua también se fraccionará.

Así, según el decreto supremo, “los recibos pendientes de pago de los servicios de energía eléctrica y de gas natural de la población vulnerable que se hayan emitido en el mes de marzo del 2020 o que comprendan algún consumo realizado durante el Estado de Emergencia Nacional, podrán ser fraccionados por las empresas de distribución eléctrica y por las empresas de distribución de gas natural por ductos hasta en 24 meses”.

Según el decreto, podrá calificar para este beneficio la denominada población vulnerable, que tendrá que cumplir estos requisitos:

  • Usuarios residenciales del servicio de electricidad con consumos de hasta 100 kWh mensuales.
  • Usuarios residenciales del servicio de electricidad de los sistemas eléctricos rurales no convencionales abastecidos con suministro fotovoltaico autónomo.
  • Usuarios residenciales del servicio de gas natural con consumos de hasta 20 M3/mes.

El fraccionamiento se realizará hasta en treinta (30) días hábiles posteriores de concluido el Estado de Emergencia Nacional. Además, los recibos fraccionados no aplicarán intereses moratorios, cargos fijos por mora, o cualquier otro concepto vinculado al no pago de los recibos fraccionados, salvo los intereses compensatorios.

Telecomunicaciones

El Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC) informó que los servicios básicos, que incluye la telefonía, internet y cable, y cuyas facturas se venzan durante el estado de emergencia por el COVID-19, podrán ser reprogramadas y fraccionadas hasta en 12 meses. Asimismo, señaló que no se aplicará el cobro de intereses moratorios ni compensatorios, o cualquier otro concepto vinculado al no pago de los recibos fraccionados.

El decreto añade que las empresas prestadoras de servicios públicos de telecomunicaciones pueden brindar los referidos servicios con prestaciones reducidas a los usuarios que mantengan recibos vencidos. De este modo, las operadoras (Movistar, Claro, Entel, etc) tendrán un plazo máximo de tres días hábiles para remitir al Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) la reducción de prestaciones, para fines de supervisión y fiscalización.

La normativa indica que las personas que accedan al beneficio pasarán a contar un paquete menor al contrato que tenían y esto solo se mantendrá hasta que el cliente decida migrar a su plan anterior.

Fuentes:

Gestión (1)

La República (2) (3)

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