Económica

Establecimientos que cobren cargos extra por uso de tarjetas de crédito, sin previo aviso, serán multadas por Indecopi

Compartir en:
Share on facebook
Share on twitter
Share on linkedin

La multa puesta por Indecopi llegará a 450 UIT en caso de que los locales comerciales, sin notificación previa y clara, realicen cobros adicionales por el uso de tarjetas de crédito por parte de los usuarios para la adquisición de bienes y servicios.

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) sancionará a los comercios que, sin notificar, cobren cargos extras a los usuarios por realizar compras con tarjetas de crédito. La multa ascenderá a las 450 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Dado que cada UIT tiene el valor de 4,200 soles, la sanción total llegaría a un aproximado de 1.9 millones de soles. Con ello, se busca que la información brindada por los locales comerciales, hacia los consumidores, sea más transparente al estar obligados de informar la existencia de montos adicionales de pago; los cuales, muchas veces ascienden al 5% del precio observado.

Sin embargo, no se trata solo de un aviso oral, sino que debe estar consignado en las presentaciones de los precios o en anuncios dispuestos al público, de modo que los consumidores puedan estar avisados del monto total a pagar desde un inicio. Según Wendy Ledesma, directora de Indecopi, se trata de informar de manera oportuna, a fin de que el consumidor decida o no continuar con el proceso de compra del bien o servicio. Así, se salvaguarda el derecho del consumidor a la protección de sus intereses económicos consignado en el Código del Consumidor contra las malas prácticas que distorsionan el mercado.

Ahora bien, si es que ello no ocurre y el establecimiento llega a cobrar una comisión, los usuarios afectados pueden efectuar su reclamo a través del Libro de Reclamaciones o ante el Indecopi, dejando constancia de la desinformación y de la vulneración de su derecho como consumidor. Lamentablemente, estos cobros ocurren, generalmente, en procesos en los que los consumidores ya han llegado a comprar o consumir el producto. Asimismo, los casos más comunes se dan en el interior del país, sobre todo con los turistas, señaló Wendy Ledesma.

Por consiguiente, el nuevo planteamiento de Indecopi apunta a seguir lo contemplado en la normativa peruana que vela por la integridad del precio de los productos; es decir, que los precios sean dados al consumidor sin alteraciones. Siguiendo esta misma línea, otros países, como Chile o Uruguay, han decidido que más bien esos cargos para la adquisición de bienes y servicios estén totalmente prohibidos con el objetivo de incentivar la inclusión financiera. Wendy Ledesma indicó que esto último también ha sido conversado con la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, lo cual resulta importante al considerar que aún más de la mitad de la población no está incluida en el sistema financiero.

Fuentes:

El Comercio (1)

Agencia Andina (2)

Gestión (3)

RPP (4)

La República (5)

Código del Consumidor (6)

Artículos recientes

Suscríbete a nuestro boletín

No te pierdas nuestras últimas publicaciones.

Artículos relacionados