Económica

Osiptel multa a Telefónica por casi S/ 889,000

Compartir en:
Share on facebook
Share on twitter
Share on linkedin

Osiptel aplicó tres multas de 225 UIT a la empresa Telefónica por casos de usurpación de identidad entre sus abonados y entrega de información inexacta al regulador para el proceso de reajuste tarifario del periodo marzo-mayo 2013.

El Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) impuso tres multas a la empresa operadora Telefónica del Perú por un total de 225 UIT, equivalentes a S/ 888.750. Las infracciones son en consecuencia de que la empresa no conservó más de 17 mil contratos de sus abonados, que acreditaban la contratación de servicios, y por entregar información inexacta al regulador.

Sanciones

En junio de este año, Osiptel aplicó tres multas a Telefónica. La empresa no conservó diecisiete mil ochocientos nueve (17,809) mecanismos de contratación  y no remitió la información que acredite la solicitud o aceptación por parte de los abonados respecto de diecinueve (19) servicios contratados. El regulador concluyó que la empresa operadora incurrió en infracciones leves al incumplir el artículo 2° del Anexo 5 DEL Texto único Ordenado (TUO) de Condiciones de uso al no cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 9° y 120° de la misma norma. En consecuencia, el regulador impuso a la empresa con sanciones de 100 UIT y 5 UIT, respectivamente.

Además, también se le sancionó por no cumplir con lo dispuesto en el artículo 17° del Reglamento General de Infracciones y Sanciones, al entregar información inexacta durante el proceso de ajuste trimestral de tarifas de los servicios de Categoría I para el periodo trimestral de marzo – mayo 2013. Debido a esto se le aplicó una multa 120 UIT.

Clientes afectados

Estos usuarios se han visto perjudicados debido a la usurpación de su identidad y a que se encuentran inmersos en investigaciones judiciales por delitos de extorsión realizados desde estas líneas. Entre los abonados afectados se encuentra Guisella Taboada Campos, a quien se le atribuyeron más de 17,636 líneas.

Apelación

La empresa presentó recursos de apelación para ambas resoluciones. Según la empresa, las dos primeras infracciones impuestas se habrían sustentado en un procedimiento de supervisión que vulneró el Reglamento General de Acciones de Supervisión de Cumplimiento de la Normativa Aplicable a los Servicios Públicos de Telecomunicaciones. Respecto a la sanción por entregar información inexacta al regulador, Telefónica alegó que no existía el supuesto de reincidencia y que el reglamento no determinaba la definición del término “Información Inexacta”.

Ratificación

Sin embargo, el Consejo Directivo de Osiptel declaró infundados ambos recursos de apelación y ratificó las multas.  Además, se informó que Telefónica ya habías sido sancionada por el mismo motivo a finales del 2014.

Fuentes:

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 104-2016-CD/OSIPTEL

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 112-2016-CD/OSIPTEL

Gestión

Osiptel

Osiptel

Artículos recientes

Suscríbete a nuestro boletín

No te pierdas nuestras últimas publicaciones.

Artículos relacionados