Desde mañana, viernes 22 de abril, los aportantes podrán iniciar el retiro de sus fondos. La SBS publicará un manual para realizar dicho proceso la próxima semana
A pesar de la negativa del Poder Ejecutivo, la semana pasada fue aprobada por mayoría en el Congreso. Permite retirar hasta 95,5% de los fondos de AFP al llegar a los 65 años. Para el día de hoy, el «Decreto Supremo N° 092-2016-EF» fue publicado en el diario oficial El Peruano dentro del suplemento de normas legales.
La norma también hace referencia a la prórroga del régimen de jubilación anticipada para desempleados, creado por la ley 29426, hasta el 31 de diciembre del 2018. Así mismo, establece que el afiliado a las AFP podrá usar el 25% del fondo acumulado en su cuenta individual de capitalización “como garantía para la cuota inicial de un crédito hipotecario para la compra de una primera vivienda”.
El dictamen aprobado también dispone que los afiliados con enfermedad terminal puedan acceder a una jubilación anticipada (sin necesariamente cumplir los requisitos dispuestos en la ley 29426); así como no tener beneficiaros, que puedan acceder a la devolución del 50% de su fondo.
Para la aplicación de la ley no es necesario una norma. Sin embargo, la SBS emitirá un «manual operativo» de fácil entendimiento para que los usuarios conozcan a detalle el procedimiento de retiro.
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