Económica

Sunat: Independientes no pagan Impuesto a la Renta si ganan menos de S/. 2 880

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La SUNAT afirmó que las proyecciones de ingresos de personas que no superaran los S/. 34 560 anual tendrán la potestad de solicitar la suspensión de retenciones y/o pagos por impuesto a la renta.

 

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), por medio de la Resolución Nº 367-2015 (click aquí para ver), estableció que la población trabajadora independiente (cuarta categoría) con ingresos que se ubiquen debajo de los S/. 2 880 tendrán la posibilidad de iniciar un trámite para solicitar la suspensión de retenciones o pagos a cuenta del impuesto a la renta (IR).

El cambio esta argumentado, en parte, por el incremento del valor de la UIT para el 2016 en S/. 3 950 mediante Decreto Supremo Nº397-2015-EF; un incremento de S/. 100 con respecto al año 2015.

La resolución también precisa en su inciso c) del Artículo 1º: “Tratándose de los supuestos contemplados en el literal a) de los numerales 3.1 y 3.2 del artículo 3°: S/. 34 560,00 (treinta y cuatro mil quinientos sesenta y 00/100 soles) anuales.” Indicando que las personas que no superasen la cantidad podrán evitar el pago del impuesto.

De pasar el límite señalado en la norma, los trabajadores independientes deberán declarar y abonar el IR y, además, estipular en sus recibos por honorarios el importe de la retención; siendo para este 2016 de 8%.

Los contribuyentes se podrán comunicar con la Central de Consultas telefónicas para informarse o conocer mejor sobre la norma. También ingresando al portal institucional de la Sunat (www.sunat.gob.pe) o solicitando orientación personalizada en los Centros de Servicios al Contribuyente ubicados en todo el país.

Fuentes:

Correo

El Comercio

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