Económica

Elmer Arce: «No estamos hablando solamente de la reducción de beneficios económicos, sino también de la reducción de la estabilidad del trabajador en el puesto»

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Dada la controversia alrededor de la ley que marca un nuevo régimen laboral juvenil, la revista Económica conversó con el especialista en Derecho Laboral y Doctor en Derecho por la Universidad de Cádiz, Elmer Arce, sobre las consecuencias de la ley y su incidencia en los índices de informalidad.

¿Qué otros mecanismos se han dado para el fomento de la reducción de la informalidad en los últimos años en el Perú?

Se puede mencionar la ley de micro y pequeña empresa en el año 2003, que fue un régimen temporal y, luego en el 2008, que se volvió a extender este régimen. Ya en los últimos años, el régimen temporal ha pasado a ser permanente.

Otra situación similar se dio en el tema del régimen agrario y en general las normas de reducción de beneficios laborales que hizo Fujimori en los años 90. Los antecedentes históricos deben contar, porque si alguna de estas normas hubiera funcionado, hoy día probablemente nos deberíamos tapar la boca, y justamente el debate radica en que ninguno de estos mecanismos funcionó; al contrario, se redujeron beneficios laborales, se precarizó el empleo, no se pudo tener una mayor productividad empresarial ni tampoco la ansiada formalización. Por el lado de la formalizacion, en el régimen de micro y pequeña empresa, el nivel de formalización ha presentado un porcentaje muy bajo y, por el lado de la productividad, casi muy pocas de las empresas peruanas tienen un nivel de competitividad internacional que nos pueda llenar de orgullo.

¿Qué otros mecanismos se podrían implementar? ¿Es posible conseguir una alternativa que pueda reducir estos costos de las empresas sin necesidad de vulnerar dos derechos importantes como la CTS y la gratificación?

Creo que sí. Lo que pasa es que es un tema de concepción. Las empresas para ser más productivas no requieren necesariamente costos laborales mas bajos; lo que necesitan es tener trabajadores mejor preparados, aranceles más bajos para sus insumos, apertura de mercados internacionales para que puedan competir en una mejor condición. Eso es lo que debería buscar el gobierno: que nuestras empresas sean más competitivas, teniendo apoyo en la capacitación, que cuando salgan al extranjero puedan competir en términos de igualdad con otras empresas y eso pueda producir un aumento del capital interno. Si no se logra esto y solo nos quedamos en la reducción de beneficios laborales suena a pretexto. Así, no interesaría la competitividad en el mundo globalizado, sino solamente aumentar mis utilidades a costa del bolsillo de los que menos tienen.

¿Qué sentido tiene disminuir los estándares de formalidad para reducir los índices de informalidad?

Ahí hay un debate que viene de los años 80. Yo hice un estudio de todos estos debates que se han dado y, aparentemente, la concepción más fuerte y más organizada desde un punto de vista político fue la de Hernando de Soto de: “la formalidad cuesta mucho, entonces hay que reducirla, y en cuanto la reduzcamos, todo el mundo se va a querer formalizar”. No es la única visión. Hay otras fórmulas que se trabajaron en los años 80, viéndolo desde el punto de vista de que el tema de la informalidad es un tema estructural de economías en vías de desarrollo y que mucho tiene que ver con un conflicto capital-trabajo, donde lo que sucede es que nuestro mercado tiene un capital de alta rentabilidad muy pequeño, lo cual  genera que exista gente alrededor que se “inventa su empleo”. Hay economías sumergidas también,  porque a lo mejor las pequeñas empresas o empresas débiles tienen que intentar subsistir, pero ahí habría que diferenciar una informalidad de subsistencia de una informalidad de fraude. Si el tema es de subsistencia, a lo mejor las políticas deberían ir no solamente por el lado de reducir beneficios laborales, que podría ser uno de los puntos de la receta, pero es muy injusto que sea el único punto de la receta. Si viniera una norma donde se den estos temas (reducción de aranceles, políticas de buscar mercados externos, apoyo para que empresas tengan tecnología de punta), estaríamos apuntando a una mayor productividad, pero si solamente nos quedamos en el tema laboral, va a seguir sucediendo lo mismo que ha sucedido en años anteriores.

Dada la heterogeneidad en formación educativa de los jóvenes aptos para el nuevo régimen, ¿cuál cree usted que es el grupo más vulnerable?

Hay que aclarar cuál es el ámbito de aplicación de la norma. Se habla de los jóvenes como un grupo vulnerable donde se concentra la mayor bolsa de desempleo, y que se necesitan tomar medidas paliativas. En primer lugar, esta es una norma que se aplica solo al sector privado, a personas entre 18 y terminando los 24 años, que cuenten con secundaria completa y con educación superior, sea completa o incompleta. Con lo cual no ocurre que se esté promoviendo la incorporación al mercado de trabajo a los jóvenes menos formados, sino que los “beneficios” se dan básicamente a jóvenes formados. Con esto, si es que se bajan los beneficios laborales, les estamos dando a los empresarios nuestra juventud mejor formada. Y esa juventud está recibiendo menores beneficios laborales respecto del régimen general. Se está rompiendo la estabilidad laboral pues, según la constitución, si un trabajador entra a un puesto permanente debería tener un contrato indefinido y si entra a un puesto temporal, el contrato debería ser temporal. Sin embargo, se rompe esta estabilidad en tanto que se puede entrar a un puesto permanente con un contrato temporal. Además de la vulnerabilidad, por el lado que el despido lo puede realizar el empleador sin que exista causa, y en el momento que quiera, a diferencia del régimen general, con el solo hecho de pagarle al trabajador una indemnización que es bastante baja (apenas 20 días de trabajo), considerando que la remuneración que recibe el joven es mínima, se hace casi nada. No estamos hablando solamente de la reducción de beneficios económicos, sino también de la reducción de la estabilidad del trabajador en el puesto, que por ambos lados,  me parece inconstitucional.

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