Económica

GOBIERNO MODIFICA EL REGLAMENTO DE REPROGRAMACIÓN DE CRÉDITOS GARANTIZADOS BAJO FAE-MYPE

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CRÉDITOS

El fondo de urgencia destinado al financiamiento de la micro y pequeña empresa dedicado a reducir el impacto del COVID-19 en la economía, fue modificado el 12 de mayo. El Ministerio de Economía y Finanzas modificó el reglamento bajo la Resolución Ministerial 149 y 150-2020-EF/15 donde se incorporaron 2 nuevos artículos referidos a la reprogramación de créditos garantizados bajo FAE-Mype, la gestión de los mismos y el plazo de vigencia del fondo.

La Resolución Ministerial 149-2020 incorpora los artículos 23 y 24 al Nuevo Reglamento Operativo del Fondo de Apoyo Empresarial a la MYPE (FAE MYPE).

Por su parte, el artículo 23 se refiere a la reprogramación de los créditos con garantía otorgados a las MYPE. En este se especifica que el plazo máximo de pago incluida la reprogramación es de cuarenta y ocho meses. Asimismo, cuentan con un periodo de gracia adicional al originalmente otorgado de hasta doce meses para la reprogramación. Por otro lado, la tasa de interés no puede ser mayor que la tasa original del crédito y un adicional que se compone por el costo de la reprogramación y el mayor costo de fondeo de la ESF (Empresas del Sistema Financiero) o COOPAC (Cooperativas de Ahorro y Crédito), los cuales sumados no pueden ser mayores a 15 puntos básicos (0.15%).

De igual manera, para asegurar la continuidad del impulso productivo de los emprendedores, se dispuso el artículo 24 el cual vela por la administración de las reprogramaciones. El Banco de Desarrollo del Perú, COFIDE, es el encargado de la administración del Fondo de Apoyo Empresarial. Las ESF o COOPAC deben remitir a COFIDE un reporte semanal de todos los créditos reprogramados. Esta obligación deberá cumplirse dentro del primer día hábil de cada semana respecto de la información de los créditos reprogramados en la semana previa y COFIDE remite a la Dirección General del Tesoro Público la información consolidada de los créditos reprogramados el último día hábil de cada semana

Las reprogramaciones, no generan la extinción o terminación de la garantía, las que deben ser aprobadas por las entidades financieras o cooperativas de ahorro y crédito hasta el 15 de julio del 2021. Además, se modificó el artículo 4 extendiendo el plazo de duración el nuevo plazo de duración de FAE-Mype es de 6 años contados a partir de la suscripción del contrato de fideicomiso, dicho plazo incluye el plazo de liquidación del citado fondo.

Asimismo, el Ministro de Economía y Finanzas, Waldo Mendoza, aseguró que dejará las finanzas públicas sanas y que espera terminar con un déficit fiscal de 5% del PBI.

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Fuente:

El Peruano (1)

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