Económica

La agudizada desigualdad producto de la pandemia y el Impuesto a la Riqueza a las grandes fortunas de las personas naturales

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El gobierno peruano ha concentrado todos sus esfuerzos en apalear la crisis sanitaria producto de la Covid-19, y para ello tuvo que sacrificar sus indicadores económicos. Es así que, la pandemia ha agudizado la brecha de desigualdad en el Perú, donde los ricos siguen siendo ricos y los pobres se vuelven cada día más pobres. No obstante, con la finalidad de reducir esta acentuada desigualdad el congreso puso sobre la mesa el proyecto de Ley de Impuesto a las grandes fortunas de las personas naturales, buscando así impulsar la progresividad de los impuestos y con ello la redistribución en las zonas más vulnerables. En ese sentido, ¿qué tan eficiente sería este impuesto? ¿lograría la reducción de la brecha de desigualdad?

Autor: Raquel Rengifo

 

La pandemia del nuevo coronavirus está dejando secuelas profundas en la sociedad y en la economía, especialmente en los sectores más vulnerables. Ello debido a que los todos los Gobiernos pasaron a enfocarse íntegramente en la lucha contra la crisis de la Covid-19, concentrando todos sus esfuerzos en materia de salud, y dejando de lado los temas que venían prevaleciendo en los últimos tiempos como la reducción de la pobreza y la desigualdad.

Este nuevo enfoque, sin lugar a dudas, está pasando la factura a la economía peruana, dado que las proyecciones para el 2020 son cada vez más desalentadoras; es así que, pronostican que el PIB[1] sufriría una contracción del 13.9%, situando al Perú como el país más afectado dentro de la Alianza del Pacífico[2].

Asimismo, calculan que la pobreza monetaria se acentuaría pasando del 20.2% en el 2019 a 29.5% para el 2020[3]; es decir, alrededor de 9.6 millones de peruanos estarían considerados como pobres. Este resultado haría retroceder al Perú a un nivel de pobreza similar al del año 2010.

Además, se prevé una mayor desigualdad en la distribución del ingreso de nuestro país, con lo cual el índice de Gini[4], que en los últimos años es de 0.43, se incrementaría en 6.0% o más[5]. Así también, al Perú le aqueja la gran desigualdad de la distribución del patrimonio con un Gini de 0.895[6], significando una alta concentración de la riqueza. Es sabido que, aquellos países que presentan una mayor desigualdad crecen menos que los países con mayor igualdad.

En ese contexto, diversos organismos internacionales precisan que, los Gobiernos deben formular políticas diseñadas para ayudar principalmente a los pobres y los más vulnerables, lo cual permitiría reducir los efectos de la crisis en la pobreza y la desigualdad por cada dólar gastado.

En línea con ello, los países adoptan distintas políticas tributarias en pro de reducir la desigualdad, específicamente apuntan a crear impuestos directos que fomenten la progresividad de los sistemas tributarios; a través, del incremento de la recaudación y la posterior redistribución de los ingresos materializado en infraestructura; colegios, hospitales, carreteras, luz, entro otros, en las zonas más vulnerables.

Propuesta del Impuesto a la Riqueza en el Perú

Con la finalidad de reducir la desigualdad en el Perú, el congreso formula el Proyecto de Ley de Impuesto a las grandes fortunas[7], la cual tiene por objeto gravar el patrimonio neto de las personas naturales domiciliadas en el país, cuyo valor supere las 400 UIT, equivalente a 1 millón 720 mil soles para el 2020.

Entre los activos a gravar se encuentran inmuebles, vehículos automotores, acciones y bonos, depósitos bancarios y créditos existentes, obras de arte y joyas cuyo valor supere las 2 UIT y otros títulos financieros que se establezca. Asimismo, la tasa impositiva sería progresiva y acumulativa del 1% al 5%.

Fuente: Proyecto de Ley N° 5163/2020-CR

La propuesta del Impuesto a la Riqueza de las personas naturales trataría de que el Sistema Tributario empiece a acercarse a la progresividad. Sin embargo, ¿qué tan eficiente es este Impuesto tributario? Es sabido que, solo diez países en el mundo aplican el impuesto a la riqueza de la persona natural, de las cuales cuatro países son de Latinoamérica (Argentina, Colombia, Uruguay y Guyana). Los resultados obtenidos por estos países no son muy significativos, ya que, la recaudación efectiva por este concepto no alcanza ni el 1% del PIB, a excepción de Suiza que registró una recaudación máxima del 1% del PIB.

Respecto a nuestro país, la CIAT (2018)[8] ha construido modelos para estimar la recaudación potencial del impuesto a la riqueza de la persona natural en el Perú, obteniendo una posible recaudación que oscilaría entre el 0.24% del PIB y el 1.54% del PIB, asimismo, reduciría la concentración de la riqueza neta en 0.3%. Sin embargo, su potencial redistributivo es bajo, ello debido a la alta concentración de la riqueza: el 67.3% de la riqueza se concentra en el 1% de la población, en tanto, el 85.6% del patrimonio está concentrado en el 10% de la población.

Por otro lado, implementar el impuesto a la riqueza de las personas naturales requiere, principalmente, disponer de información oficial, precisa y oportuna de la riqueza de las personas naturales, a fin de identificar a quienes les correspondería pagar dicho impuesto.

A saber, la consultora Knight Frank estima que existe más de 17 mil personas en el Perú con un patrimonio mayor de US$ 1 millón, 880 personas con más de US$ 10 millones, 300 con patrimonios superiores a US$ 30 millones, 37 con más de US$ 100 millones y 5 peruanos con más de US$ 1 000 millones de dólares; los cuales en su conjunto constituyen cerda del 1% de la población. Asimismo, de acuerdo a OXFAM[9], ninguna de las personas de la lista de Knight Frank figura en la Encuesta Nacional de Hogares (ENAHO), de ello se infiere que el 1% de los más ricos del Perú no se encuentran registradas en la data oficial del INEI.

En esa línea, el Estado tiene un arduo trabajo para identificar aquellas personas naturales que cuenten con un patrimonio elevado y que después de las deducciones correspondientes alcancen una riqueza neta de más de 400 UIT.

Además, la ejecución del impuesto a la riqueza de la persona natural implica que la Administración Tributaria asuma costos adicionales en materia administrativa y de fiscalización, con la finalidad de garantizar el adecuado y eficiente cumplimiento de la aplicación de la normativa, evitando así la evasión y elusión tributaria.

Para finalizar, el proyecto planteado, si bien no tendría un efecto significativo en la recaudación, ni en la redistribución; no obstante, es un buen inicio para considerar la evaluación de la reforma tributaria que conlleve el espíritu progresista y tienda a reducir la desigualdad que tanto aqueja a nuestra sociedad y que en tiempos de pandemia se ha visto agudizada. Por qué no imaginar un futuro con un índice de Gini igual a cero, donde la desigualdad sea un término obsoleto, y la pobreza quede en la memoria de lo que un día fue. Quizás solo sea una utopía, pero por algo se debe empezar.

 

[1] Perspectivas de la Economía mundial del FMI

[2] Proyección del PIB 2020: Chile (-7.5%), Colombia (-7.8%) y México (-10.5%)

[3] Foco Económico (2020), COVID-19, pobreza monetaria y desigualdad, 2020

[4] Se trata de una herramienta analítica que suele emplearse para medir la concentración de ingresos entre los habitantes de una región, en un periodo de tiempo determinado. Un índice de Gini de 0 representa una equidad perfecta, mientras que un índice de 1 representa una inequidad perfecta.

[5] CEPAL (2020), Enfrentar los efectos cada vez mayores del COVID-19 para una reactivación con igualdad: nuevas proyecciones.

[6] CIAT (2018), Impuestos a la Riqueza o al Patrimonio de las Personas Físicas con especial mención a América Latina y El Caribe

[7] Ley N° 5163/2020-CR

[8] Impuestos a la Riqueza o al Patrimonio de las Personas Físicas con especial mención a América Latina y El Caribe

[9] https://peru.oxfam.org/latest/policy-paper/riqueza-y-desigualdad-en-el-per%C3%BA-visi%C3%B3n-panor%C3%A1mica

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