El reparto de utilidades es un derecho constitucional de los trabajadores de recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa por los productos o servicios que comercializa. Estas utilidades solo se les concede a los trabajadores del sector privado y supone que, anualmente, las empresas, que cuenten con más de 20 trabajadores, deben repartir entre el 5 y el 10% de sus utilidades.
El porcentaje depende del sector económico donde se encuentra la empresa. Por ejemplo, las empresas pesqueras reparten el 10% de sus utilidades, las empresas mineras, un 8% y las empresas comerciales, un 5%.
El plazo para el pago de utilidades es de 30 días después de vencido el plazo de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta (IR) que venció el pasado 9 de abril. A partir de esta fecha, inició el cronograma de vencimiento que es el 8 de mayo. Incluso en el contexto que estamos viviendo, este plazo es improrrogable.
¿Qué tipo de trabajadores reciben las utilidades?
Las personas que tienen derecho al pago de utilidades son los trabajadores formales y a medio tiempo. Sin embargo, los trabajadores a medio tiempo son en base al 50% de los días laborados y en base al 50% de los sueldos percibidos, porque laboran menos de las 4 horas diarias en promedio y, para llegar a un día laborado a tiempo completo tienen que computar dos días más. Teniendo en cuenta que, los practicantes no reciben utilidades porque están en un régimen de formación laboral y tienen otros derechos.
El abogado laboralista, Ricardo Herrera, precisó que no debe exonerarse el pago de las utilidades en el contexto de pandemia. Sin embargo, el goce de licencia en cuarentena no se computan para efecto de las utilidades, salvo que hayan recuperado esos días el año pasado.
Para los trabajadores afectados o despedidos durante el primer año de pandemia sí tienen derecho a utilidades, si su empresa ha generado utilidades, hasta el día de despido. Estos trabajadores cuentan con un plazo de 4 años para cobrar el beneficio; una vez vencido el plazo, no lo podrán hacer y deberá regresar ese monto a la empresa.
Multas
Si las empresas no depositan las utilidades a los trabajadores pueden ser sancionadas y la multa sería hasta 26.12 UIT (S/ 114,928.00). No solo pagarían la multa, sino que tienen que cumplir con el depósito de las utilidades. Además, a partir del plazo vencido, la participación de las utilidades que no se haya entregado genera un interés moratorio.
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Fuentes:
RPP Noticias (1)
RTV Economía (2)